El empadronamiento tiene carácter de documento público y fehaciente y sirve para dejar constancia del domicilio en el cual reside de forma real y efectiva una persona española o extranjera en España.

El empadronamiento sirve también para acreditar el tiempo que lleva viviendo una persona extranjera en España al momento de solicitar por ejemplo un permiso de residencia en España mediante la presentación de la solicitud del arraigo para la formación o de la solicitud del arraigo social.

En el arraigo para la formacion la persona extranjera debe acreditar que ha estado viviendo al menos 2 años continuos en España.

Y en el arraigo social la persona extranjera debe acreditar que ha estado viviendo al menos 3 años continuos en España.

Por lo tanto, desde el Despacho Ciezari&asociados recomendamos a las personas que estan interesadas en solicitar un permiso de residencia en España que uno de las primeros tramites administrativos que deben realizar es solicitar su empadronamiento ante el ayuntamiento o municipio del domicilio en el cual estén viviendo. 

Tipos de empadronamiento en España

Entre los tipos de empadronamiento que existen en España tenemos los siguientes:

a) El empadronamiento con domicilio

Todas las personas tienen derecho a que el dueño del piso o del departamento en donde estén viviendo, los empadrone ante el ayuntamiento de su domicilio mediante la presentación de documentos que acrediten tanto su identidad como la propiedad de la vivienda a su nombre.  

¿Y que sucede en el caso que el dueño del piso o del departamento no quiera empadronar a su inquilino? entonces el inquilino puede solicitar el empadronamiento con informe policial.

b) El empadronamiento con informe policial

El empadronamiento con informe policial es para las personas que viven en un piso o en un departamento, pero el propietario no les quiere empadronar, entonces esta persona deberá ir al ayuntamiento para poner en conocimiento dicha situación y solicitar que los funcionarios del propio ayuntamiento o municipio procedan a empadronarlo después de verificar de forma fehaciente que la persona vive en dicho domicilio.  

c) El empadronamiento sin domicilio

El empadronamiento sin domicilio es para las personas que no habitan una vivienda física entendida como tal, sino que viven, por ejemplo, en el banco de un parque, debajo de un puente, en la calle, cuevas, etc., y aunque suene gracioso pero esto se debe a que el empadronamiento tiene como finalidad reflejar el domicilio donde realmente vive cada persona con independencia de las circunstancias físicas, higiénicos sanitarias que afecten al domicilio.

Cualquier duda al respecto de este tema, por favor ponte en contacto con el despacho Ciezari & Asociados Asesoría Extranjería y con gusto despejaremos tus dudas.