¿Adquieren la nacionalidad española los niños nacidos en España cuyos padres sean latinoamericanos? La respuesta dependerá de la nacionalidad que tengan los padres y en el Despacho Ciezari & Asociados lo explicaremos a continuación.

El artículo 17 del Código Civil español establece que la nacionalidad española se adquiere por ius sanguinis o derecho de sangre, es decir que, aunque el hijo nazca fuera del territorio español, pero su padre o su madre hubieran sido originariamente españoles, entonces el hijo adquirirá la nacionalidad española por ser hijo de español de origen con independencia del país en el que haya nacido el niño.

Sin embargo, también puede adquirir la nacionalidad española por simple presunción el hijo que nace en territorio español, aunque sus padres sean extranjeros y, por lo tanto, no sean españoles de origen.  

Es decir, pueden adquirir la nacionalidad española por simple presunción, los hijos nacidos en territorio español, cuyos padres sean latinoamericanos sin importar que cuenten o no con un permiso de residencia en España.  

Sin embargo, la nacionalidad española por simple presunción sólo está dirigida para:

a) Aquellos hijos que hayan nacido en España, sus padres sean extranjeros y en caso de que ninguno de los padres cuente con alguna nacionalidad (apátridas) o

b) Aquellos hijos que hayan nacido en España, sus padres sean extranjeros y si la legislación de los países de los cuales los padres sean nacionales, no le conceden al hijo ninguna nacionalidad por el simple hecho de que este niño haya nacido fuera del territorio nacional del cual los padres tengan una nacionalidad.

Debemos aclarar que esta situación sólo ocurre con algunos países de Latinoamérica y no en todos constituyendo así una lista cerrada de países a la cual se deberá acudir para determinar si al niño le corresponde o no adquirir la nacionalidad española.  

En conclusión, cuando un niño haya nacido en España y sus padres sean extranjeros, entonces se debe verificar si se cumplen o no cualquiera de las condiciones mencionadas, antes de otorgarle la nacionalidad española por simple presunción al niño.

Y en caso de cumplirse, entonces la legislación española le otorga la nacionalidad española por simple presunción al hijo nacido en suelo español para protegerlo y evitar que se quede sin ninguna nacionalidad.

Cualquier duda al respecto de este tema, por favor ponte en contacto con el despacho Ciezari & Asociados Asesoría Extranjería y con gusto despejaremos tus dudas.